El pasado 1 de julio entró en vigor la Norma de Calidad del Trigo con carácter obligatorio. Esta regulación, es de aplicación en las operaciones comerciales en territorio español de las que el trigo blando o el trigo duro sea objeto, excluidas las que tengan como objeto la siembra. La nueva regulación establece una clasificación de los trigos para su comercialización normalizada dentro del territorio nacional. Con ella se pretende dar más valor al producto en origen y homogeneizar la oferta para contribuir a una mayor trazabilidad del producto.
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